De la CNT de ayer a la CGT de hoy.

"Es preciso que aunque aceptemos el punto de vista de que el régimen capitalista declina, convengamos en que si la clase trabajadora no le empuja podrá mantenerse mucho tiempo, y como hemos de ser la fuerza que lo arrolle definitivamente, es preciso pensar en la estructuración del nuevo mundo que ha de suplantarle, y ese nuevo mundo al que aspiramos ha de ser una concepción que tratemos de realizar de la manera más práctica posible..."

El Comité Nacional de la CNT, en la apertura del Congreso de 1931.

"Que se constituya una Confederación General del Trabajo Española, integrándola temporalmente todas aquellas Sociedades no adheridas a la UGT, en la condición de que, una vez constituída la CGT Española, se procure llegar a un acuerdo entre las dos Federaciones, a fin de unir toda la clase obrera en una sola organización".

Acuerdos del Congreso de Fundación de la CNT, de 30 de octubre de 1910.

"Con el título de Confederación Nacional del Trabajo, se constituye en España, una organización que se propone lo siguiente:

Trabajar por desarrollar entre los trabajadores el espíritu de asociación, haciéndoles comprender que sólo por estos medios podrán elevar su condición moral y material en la sociedad presente y preparar el camino para su completa emancipación en la futura, merced a la conquista de los medios de producción y consumo.

Practicar la ayuda mutua entre las colectividades federales, siempre que sea necesario y éstas lo reclamen, tanto en caso de huelga como en cualquier otro que pudiera presentárseles.

Sostener las relaciones con todos aquellos organismos obreros afines, ya nacionales o internacionales, para la común inteligencia que conduzca a la emancipación total de los trabajadores".

Artículo Primero de los Estatutos de la CNT, presentados para su legalización, a las 11,30 horas del día 7 de mayo de 1977.



"El Congreso de Unificación de la CNT ACUERDA:

Rechazar el modelo sindical continuista que, desde el Gobierno, capital y centrales reformistas se nos ha venido imponiendo durante la transición, y cuyo eslabón definitivo parece ser la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS), donde se da carta legal al hegemonismo de CC.OO.-UGT, marginando al sindicalismo revolucionario y autónomo, que defiende la CNT (hoy CGT), así como perpetuando la institucionalización de las relaciones laborales y la acción sindical.

Reafirmar el modelo anarcosindicalista de Acción Sindical, basado en las Secciones Sindicales como órgano de organización y representación de los trabajadores en la empresa, y que utilizan la asamblea como órgano de discusión y expresión unitaria de los trabajadores.

Concurrir a las Elecciones Sindicales, como táctica de la organización, debiendo asimismo respetarse cada decisión individual o de aquella Sección Sindical de no presentarse a las mismas, sin que se permita la realización del boicot por lo que ello tendría de contradictorio.

... El objetivo táctico de la CNT (hoy CGT) al participar en los Comités de Empresa no es otro que el conseguir la implantación y el reconocimiento de las Secciones Sindicales, por lo que dentro de sus posibilidades, las Secciones Sindicales de CNT presentes en Comités de Empresa trabajarán por su VACIAMIENTO DE CONTENIDO y su final disolución, siendo sustituídos por las Secciones Sindicales. Dicho vaciamiento no significará nuca dejaciones o falta de participación sindical."

Acuerdos del Congreso Extraordinario de Unificación, de 1984.



INTRODUCCIÓN

La Confederación General del Trabajo (CGT) cambia de siglas en abril de 1989.

En síntesis, desde la constitución en Londres de la Asociación Internacional del Trabajo (AIT), la Primera Internacional, en 1864, las organizaciones de trabajadores españolas que se han sucedido en el tiempo en España, y de las que la CGT se considera heredera en sus postulados, son las siguientes:

Desde 1870 a 1881, la Federación Regional Española.

De 1881 a 1888, la Federación de Trabajadores de la Regional Española.

De 1889 a 1896, el Pacto de Unión y Solidaridad de la Región Española.

De 1900 a 1906, la Federación Regional de Sociedades de Resistencia de la Regional Española.

Hasta 1907, la Unión Local de Sociedades Obreras de Barcelona.

De 1907 a 1910, la Federación Solidaridad Obrera. Primero a nivel local (Barcelona), y después regional (Cataluña).

De 1910 a 1989, Confederación Nacional del Trabajo (CNT).

Desde 1989, Confederación General del Trabajo (CGT).



Según el artículo 35 de los Estatutos de la CGT, el Congreso de la Confederación General del Trabajo (CGT) es el máximo órgano de decisión de la misma. Se celebrará con carácter ordinario cada cuatro años y extraordinariamente cuando lo decida el órgano que reglamentariamente se determina o lo solicite un tercio de los sindicatos federados a la Confederación General del Trabajo (CGT).

La forma de convocatoria, organización y funcionamiento se determinará reglamentariamente.
De conformidad con la Disposición Final Segunda de los presentes Estatutos, es el Congreso de la CGT el único órgano competente para la modificación de los mismos.

V CONGRESO DE CNT

Madrid (Casa de Campo). 8 al 16 de diciembre de 1979

Primer Congreso de la CNT tras la Dictadura de Franco, y el largo exilio. En el que se reproducen las divergencias del exilio y las distintas posturas ante la nueva realidad sindical de la recién instaurada democracia española. A raiz del V Congreso, su desarrollo y sus acuerdos (en los apartados de Principios, tácticas y finalidades y Estrategia laboral y sindical) , se produce una división en el movimiento anarcosindicalista, entre dos sectores: la CNT-AIT, y el sector CNT-Congreso de Valencia.

En pararelo con las sesiones del V Congreso, se organiza una destacada Semana Cultural (8 al 15 de diciembre) en el Teatro Martín, de Madrid, con la participación, entre otros, de Els Joglars, Luis García Berlanga, Fernando Savater, Fernando Arrabal, Agustín García Calvo, Carlos Peregrín Otero, Fernando Sánchez Dragó, Bernard H. Levy o Luis Eduardo Aute.

Con respecto a los puntos tratados en el orden del día: Sistema de votación. Informe de gestión del SP del Comité Confederal. Principios, tácticas y finalidades. Normativa orgánica. Estrategia laboral y sindical. El paro. Patrimonio sindical histórico y acumulado. Prensa, propaganda y formación. CNT ante los presos. Relaciones de la CNT con otras organizaciones y organismos.

Se elige como Secretario General de la CNT a José Bondía Román

VI CONGRESO (EXTRAORDINARIO) DE CNT

Valencia. 25 a 27 de julio de 1980.

Es un Congreso marcado por la reorganización interna y la definición de nuevas estrategias de la CNT, tras el V Congreso y la división interna que supuso. En el orden del día destacan tres grandes apartados:
1. Análisis de la situación interna de la organización, estrategias de extensión, alternativas de funcionamiento, el problema de las siglas, estructuras orgánicas confederales

2. Estrategia laboral y sindical: acción sindical en la empresa, campo, mar, elecciones sindicales, negociación colectiva, actuación ante la nueva legislación laboral, y relaciones con otras organizaciones sindicales

3. Relaciones internacionales: Actitud ante la AIT, bilaterales con el Frente Libertario, la SAC de Suecia y otras organzaciones anarcosindicalistas y libertarias, y relaciones con grupos libertarios de la emigración.

Se elige como Secretario General de la CNT a Carlos Martínez.

VII CONGRESO DE CNT

Barcelona y Torrejón de Ardoz (Madrid). 1983

Este Congreso en realidad representaría a dos comicios distintos, celebrados por la CNT-AIT, al correspondiente VI Congreso, celabrado en Barcelona (Palacio de los Deportes), entre el 12 y el 16 de enero, y el Extraordinario, en Torrejón de Ardoz (Madrid), entre el 31 de marzo y el 3 de abril, como continuación del anterior y con carácter monográfico.
Se elige como Secretario General de la CNT a Antonio Pérez Canales.

VIII CONGRESO DE CNT

Madrid. 29 de octubre al 1 de noviembre de 1983

Entre los puntos tratados en este Congresos destacan:

Contenidos ideológicos. Ante la situación del panorama obrero, papel a jugar por la CNT. Estrategia sindical. Normativa y funcionamiento orgánico. La CNT ante los nacionalismos. Situación internacional y relaciones internacionales.




IX CONGRESO (EXTRAORDINARIO) DE UNIFICACIÓN DE CNT

Madrid. 29 de junio a 1 de julio de 1984

Es el Congreso de Unificación entre dos sectores de la CNT escindidos (CNT-Congreso de Valencia y un importamte sector de la CNT-AIT). Sus conclusiones son muy positivas, en el sentido de que comienza un nuevo período de crecimiento
En el orden del día destacan los siguientes apartados: Estrategia sindical, Normativa orgánica, relaciones internacionales y la declaración de unificación confederal.

Se elige como Secretario General de la CNT a José March Jou.




X CONGRESO DE CNT

Madrid (Ciudad Escolar de San Fernando). 18 al 21 de junio de 1987

La CNT crece y el orden del día de los Congresos responde a ese crecimiento haciéndose cada vez más completo.

Entre los puntos tratados en este Congresos destacan:

el Proyecto Sindical de la CNT, Diagnóstico sobre el estado de la libertad sindical en nuestro país y alternativas, El sindicalismo de CNT hacia el futuro, Pacifismo y antimilitarismo, Ecologismo y medio ambiente, El trabajador fuera del medio laboral. La cultura, el ocio, la salud, la educación, La problemática de la mujer, Estatutos y reglamentos, Diagnóstico de la situación política en nuestro país, El desempleo y sus consecuencias, la Economía sumergida, el Empleo alternativo: cooperativas, Iniciativas y acciones sindicales, Diagnóstico de la situación internacional y el Nombramiento de la comisión de funcionamiento orgánico.




I CONGRESO EXTRAORDINARIO DE CNT-CGT

Madrid (Casa de Campo). 29 de abril de 1989

Congreso en que se decide el cambio de siglas, de CNT a CGT, ante una sentencia judicial adversa.
El orden del día por lo tanto es muy concreto: Informe del S.P., Reafirmación del proyecto anarcosindicalista iniciado en el congreso de Reunificación de 1984, Ratifición o no del acuerdo de cambio de personalidad jurídica adoptado por el Comité Confederal el 8 de abril de 1989, Debate y aprobación de los posibles recursos a la sentencia del Tribunal Supremo del 7 de abril de 1989, y Ratificación o no del Secretario General y Secretariado Permanente.